SOLICITA LAS AYUDAS ‘PUERTOS 4.0’

Solicita ya las ayudas ‘PUERTOS 4.0’ y benefíciate de sus ventajas.

OBJETO

Financiar la puesta en marcha y la maduración tecnológica de ideas y proyectos que desarrollen nuevas tecnologías, introduzcan productos, servicios o procesos innovadores en el mercado o mejoren los ya existentes con aplicación directa en el ecosistema logístico-portuario u otros relacionados con éste, vinculados a los puertos de interés general o a los diferentes eslabones de la cadena logística.

 

DOTACIÓN

6.750.000€ distribuidos de la siguiente forma:

  • 750 K€ para la Modalidad Ideas.
  • 6 M€ para la Modalidad Proyectos Comerciales.

 

BENEFICIARIOS

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y hayan de realizar las ideas y proyectos subvencionables.

También serán beneficiarias las agrupaciones de personas físicas y jurídicas que puedan llevar a cabo ideas o proyectos en cooperación.

 

TIPO DE AYUDA

Subvención en función de la modalidad:

  • En las Ideas -> cantidad fija e invariable de 15 K€.
  • Con respecto a Proyectos en fase pre-comercial -> máximo de un 60% de los costes con un máximo de 1 M€.
  • En Proyectos en fase comercial -> máximo de un 80% de los costes con un máximo de 2 M€.

 

COSTES SUBVENCIONABLES

  • Gastos de personal.
  • Costes de instrumental y material inventariable.
  • Gastos de investigación contractual, conocimientos técnicos, patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial y seguros, así como los costes de consultoría, auditoría y servicios equivalentes.
  • Costes generales directamente derivados del proyecto.
  • Inversiones en equipos.
  • Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de alquileres, cánones, materiales, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
  • Gastos asociados al desarrollo técnico y material de los prototipos y pilotos, así como los componentes tecnológicos asociados a éstos.
  • Los tributos cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente durante el periodo de ejecución del proyecto.
  • Los costes indirectos tendrán la consideración de gasto subvencionable cuando estos sean imputados por el beneficiario a la actividad subvencionada de forma proporcional.

 

PLAZO DE SOLICITUD

Para la modalidad de Ideas: desde el 29 de diciembre de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024.

Para la modalidad de Proyectos Comerciales: desde el 29 de diciembre de 2023 hasta el 29 de marzo de 2024.

 

ENLACE

Anuncio 39158 del BOE núm. 310 de 2023

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