OBJETO
Se publican las bases reguladoras para los 4 programas del PEICTI para fomentar y coordinar la I+D+i:
- Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento:
- Subprograma Estatal de Formación (Objetivo específico 8 del PEICTI, OE8)
- Subprograma Estatal de Incorporación (OE9)
- Programa Estatal para Afrontar las Prioridades de Nuestro Entorno:
- Subprograma Estatal de Internacionalización (OE1)
- Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia:
- Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento (OE4)
- Subprograma Estatal de Transferencia de Conocimiento (OE5)
- Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional (OE6)
- Subprograma Estatal de Infraestructuras y Equipamiento Científico-Técnico (OE7)
- Impulsar determinados aspectos que contribuyan a la consecución de los objetivos del PEICTI mediante acciones de dinamización o acciones complementarias relacionadas con las actuaciones anteriores.
DOTACIÓN
Se indicará en la convocatoria.
BENEFICIARIOS
Las siguientes entidades con personalidad jurídica propia y con residencia fiscal o establecimiento permanente en España:
- Empresas que ejerzan una actividad económica dirigida al mercado.
- Asociaciones empresariales sectoriales y plataformas tecnológicas y de innovación.
- Organismos públicos de investigación
- Universidades públicas y sus institutos universitarios.
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro que desarrollen actividades de I+D+i.
- Institutos de investigación sanitaria acreditados.
- Otros centros públicos de I+D+i.
- Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica
- Otros Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito territorial.
- Oficinas de transferencia de Resultados de Investigación (OTRI).
- Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro.
TIPO DE AYUDA
Las ayudas podrán concederse bajo las modalidades de subvención, préstamo, anticipo reembolsable o una combinación de las mismas.
El importe de las ayudas será de hasta el 100% en función de la actuación y el tipo de beneficiario con los siguientes límites:
- Proyecto de investigación fundamental: 40 M€ por empresa y por proyecto.
- Proyecto de investigación industrial: 20 M€ por empresa y por proyecto.
- Actuaciones de desarrollo experimental: 15 M€ por empresa y por actuación.
- Estudios de viabilidad previos a las actividades de investigación: 7,5 M€ por estudio.
COSTES SUBVENCIONABLES
- Costes directos de ejecución:
- Costes de personal.
- Costes derivados de la formación y/o mentorización del personal asociado a la actuación.
- Costes de viajes y estancias.
- Costes de inmovilizado material.
- Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
- Costes de adquisición y/o amortización de inmovilizado intangible.
- Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual y otros costes derivados del mantenimiento de los mismos.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes.
- Costes de estudios de viabilidad, de diseño detallado, de equipamiento, instrumentación científica avanzada, componentes de elevado contenido tecnológico o proyectos de construcción de infraestructuras.
- Costes de apoyo y asesoramiento en materia de innovación.
- Costes de uso de bancos de datos, uso y gestión de repositorios de datos de investigación y bibliotecas técnicas.
- Costes de computación.
- Otros costes derivados de asesoramiento, realización de estudios en materia de I+D+i, difusión, publicidad y patrocinio, internacionalización de las actividades científicas y técnicas y, preparación de propuestas internacionales.
- Costes de publicación y difusión de resultados.
- Costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos y seminarios.
- Cuotas a sociedades científicas nacionales e internacionales o a otras asociaciones o plataformas de I+D+i.
- Costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares.
- Costes de utilización de servicios centrales del organismo.
- Costes de utilización y acceso a las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) y grandes instalaciones científicas, nacionales e internacionales.
- Costes de compensaciones a los sujetos experimentales que no estén vinculados laboralmente con la entidad beneficiaria.
- Informe realizado por un auditor.
- Costes financieros, de asesoría jurídica o financiera, notariales y registrales, periciales y los de administración específicos.
- Otros costes.
- Costes indirectos, que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa.
PLAZO DE SOLICITUD
Pendiente a la publicación de la convocatoria.
Enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2022/10/29/pdfs/BOE-A-2022-17714.pdf
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