AYUDAS PARA INSTALACIONES DE ENERGÍA RENOVABLES TÉRMICAS EN EMPRESAS DE COMUNIDAD VALENCIANA

OBJETO

 

Impulsar las actuaciones encaminadas a la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía.

 

DOTACIÓN

 

12.689.125,00€.

 

BENEFICIARIOS

 

Personas físicas con actividad económica, las personas jurídicas, entidades del sector público, agrupaciones, asociaciones, consorcios y cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras anteriores, con o sin personalidad jurídica. Que realicen la actuación objeto de la ayuda dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

 

ACTUACIONES

 

  1. a) Programa de incentivos 1. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.
  2. b) Programa de incentivos 2. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público

 

TIPO DE AYUDA

 

Subvención de hasta el 45% en función del tamaño de empresa

Máximo por empresa de 15M€.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

 

Actuaciones encaminadas a la implantación de nuevas instalaciones térmicas renovables, ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes que abastezcan cualquiera de las siguientes aplicaciones o un conjunto de ellas que, con carácter orientativo y no limitativo, se relacionan a continuación:

  1. Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios:
  2. Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas
    1. Solar térmica.
    2. Geotermia y Energía ambiente (aerotermia e hidrotermia).
    3. Microrredes de distrito de calor y/o frío.

 

COSTES SUBVENCIONABLES

 

  1. La inversión en equipos y materiales.
  2. Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
  3. Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
  4. Sistemas de gestión, control activo y monitorización.
  5. Obras civiles.
  6. La distribución interior y equipos terminales en instalaciones de bomba de calor.
  7. El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes.
  8. Los costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas.
  9. Los costes de la dirección facultativa.
  10. Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
  11. Los costes de gestión de solicitud y justificación de la ayuda.
  12. El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
  13. Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias.

 

* En el caso de la geotermia, se considerarán elegibles la obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias, así como el coste de la realización de los estudios, ensayos, sondeos y simulaciones preliminares previas a la realización del diseño de la instalación, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización y demás elementos necesarios para su explotación.

* En el caso de la biomasa, se considerarán elegibles los equipos y sistemas para descarga, movimiento y almacenamiento del combustible.

El coste elegible máximo total admitido para sufragar los gastos de la justificación de la realización de las actuaciones, indicados en los apartados k) y l) no podrá superar globalmente el 7 % del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 7.000 euros por expediente. La realización y facturación de estos servicios podrá efectuarse durante el periodo concedido para presentar la documentación justificativa.

 

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUD

 

Desde el 3 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

ENLACE

 

Convocatoria https://dogv.gva.es/datos/2022/10/27/pdf/2022_9823.pdf

 

¡Hablemos! ✉️ info@innovalis.es