OBJETO
Impulsar las actuaciones encaminadas a la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía.
DOTACIÓN
12.689.125,00€.
BENEFICIARIOS
Personas físicas con actividad económica, las personas jurídicas, entidades del sector público, agrupaciones, asociaciones, consorcios y cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras anteriores, con o sin personalidad jurídica. Que realicen la actuación objeto de la ayuda dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
ACTUACIONES
- a) Programa de incentivos 1. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.
- b) Programa de incentivos 2. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público
TIPO DE AYUDA
Subvención de hasta el 45% en función del tamaño de empresa
Máximo por empresa de 15M€.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Actuaciones encaminadas a la implantación de nuevas instalaciones térmicas renovables, ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes que abastezcan cualquiera de las siguientes aplicaciones o un conjunto de ellas que, con carácter orientativo y no limitativo, se relacionan a continuación:
- Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios:
- Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas
- Solar térmica.
- Geotermia y Energía ambiente (aerotermia e hidrotermia).
- Microrredes de distrito de calor y/o frío.
COSTES SUBVENCIONABLES
- La inversión en equipos y materiales.
- Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
- Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización.
- Obras civiles.
- La distribución interior y equipos terminales en instalaciones de bomba de calor.
- El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes.
- Los costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas.
- Los costes de la dirección facultativa.
- Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
- Los costes de gestión de solicitud y justificación de la ayuda.
- El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
- Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias.
* En el caso de la geotermia, se considerarán elegibles la obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias, así como el coste de la realización de los estudios, ensayos, sondeos y simulaciones preliminares previas a la realización del diseño de la instalación, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización y demás elementos necesarios para su explotación.
* En el caso de la biomasa, se considerarán elegibles los equipos y sistemas para descarga, movimiento y almacenamiento del combustible.
El coste elegible máximo total admitido para sufragar los gastos de la justificación de la realización de las actuaciones, indicados en los apartados k) y l) no podrá superar globalmente el 7 % del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 7.000 euros por expediente. La realización y facturación de estos servicios podrá efectuarse durante el periodo concedido para presentar la documentación justificativa.
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUD
Desde el 3 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2023.
ENLACE
Convocatoria https://dogv.gva.es/datos/2022/10/27/pdf/2022_9823.pdf
¡Hablemos! ✉️ info@innovalis.es