AYUDAS PARA IMPLANTAR INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS ENFOCADAS A EMPRESAS DE COMUNIDAD VALENCIANA

¿POR QUÉ SE CONVOCAN?

El objetivo es fomentar la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes, la mejora de la calidad del aire, el ahorro energético y la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte.

¿QUIÉN PUEDE ACCEDER A ELLAS?

Podrán ser beneficiarias, entre otras, las empresas con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, que tengan su domicilio social en la Comunitat Valenciana.

¿A CUÁNTO ASCIENDE LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA?

El crédito máximo disponible para este Programa es de 10.500.000 €, que podrá estar cofinanciado con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE ESTA AYUDA?

Esta convocatoria tiene forma de subvención, que alcanza el 40% de los costes subvencionables.

El límite de ayuda por beneficiario será de 800.000€ y, en ningún caso, a un mismo destinatario último podrá concedérsele más de 2.500.000€ en todo el periodo de vigencia de esta convocatoria.

Está sujeta al régimen de minimis.

¿QUÉ COSTES SUBVENCIONA?

Se subvencionan los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos en la modalidad de adquisición directa. Se clasificarán de la siguiente forma, según su potencia:

– Sistema de recarga vinculado: Potencia inferior a 7 kW.

– Sistema de recarga convencional: Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.

– Sistema de carga semirrápida: potencia igual o superior a 15 kW e inferior a 40 kW.

– Sistema de carga rápida: potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW.

– Sistema de carga ultra rápida: potencia igual o superior a 100 kW.

¿CUÁL ES LA FECHA LÍMITE DE LA SOLICITUD?

El plazo de solicitud comprende del 8 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.

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