AYUDAS ENFOCADAS A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EMPRESAD DE COMUNIDAD VALENCIANA

OBJETIVO:

Facilitar la viabilidad económica de las inversiones en ahorro de energía en las empresas de la Comunitat Valenciana.

 

BENEFICIARIOS:

Empresas con sede en la Comunitat Valenciana que ejerza su actividad dentro de un CNAE incluido en uno de los grupos siguientes: G, H, I, J, K, L M, N, O, P, Q, R o S.

 

DOTACIÓN:

1.500.000€.

 

TIPO DE AYUDA:

Subvención de un máximo del 55% en función del tamaño de empresa.

Máximo por proyecto de 300.000€.

 

ACTUACIONES APOYABLES:

Aquellas que produzcan un ahorro de energía y de emisiones de CO2 cuantificables, y que se justifiquen documentalmente. Podrán ser, con carácter orientativo, las siguientes:

  • Sustitución de equipos e instalaciones consumidoras de energía por equipos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible, con objeto de reducir el consumo energético y las emisiones de CO
  • Recuperación de calores residuales.
  • Mejora del rendimiento de los equipos existentes.
  • Los proyectos de implantación de sistemas de gestión energética, medida y control de los consumos y variables energéticas de la empresa.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de refrigeración.
  • Sustitución de aparatos de refrigeración y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia energética.
  • Sistemas de automatización y control.
  • Proyectos de mejora energética de la iluminación que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del DB HE del Código Técnico de la Edificación (CTE).
  • Proyectos de mejora energética de los sistemas de climatización que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del DB HE del Código Técnico de la Edificación (CTE).
  • Proyectos de mejora de la envolvente térmica de recintos climatizados que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE).

En cualquier caso, los equipos adquiridos deberán ser nuevos.

 

COSTES SUBVENCIONABLES:

  • Las inversiones en equipos e instalaciones auxiliares (tuberías, líneas eléctricas, válvulas, conexiones, etc.) asociadas directamente al proyecto de ahorro de energía.
  • Las inversiones necesarias para el montaje y puesta en marcha de los equipos e instalaciones auxiliares señalados en el apartado anterior.
  • La elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones y los costes de dirección facultativa.
  • Los costes de ejecución de la obra civil estrictamente necesarios para la realización del proyecto.
  • Los costes de transporte.
  • Los costes de asistencia técnica y todos aquellos necesarios, así como los costes necesarios para la legalización de las instalaciones y la obtención de las licencias requeridas.

Se considerarán sólo proyectos cuya inversión elegible sea superior a 10.000 euros.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Desde el 23 de noviembre del 2022 hasta el 31 de octubre de 2023.

 

ENLACE:

Convocatoria: https://dogv.gva.es/datos/2022/11/22/pdf/2022_10901.pdf

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