PUBLICADAS LAS BASES DE LA AYUDA FEADER PARA REGIÓN DE MURCIA
OBJETO
Promover las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios, que tiendan a mejorar el rendimiento y el desarrollo económico, fomenten los productos de calidad, mejoren la seguridad alimentaria, potencien la innovación y transformación digital, el desarrollo de nuevos productos y valoración de subproductos y mejoren los ratios de sostenibilidad social y económica, especialmente con impacto positivo en el medio rural.
ACTUACIONES:
- Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad, en particular, haciendo mayor hincapié en la investigación, la tecnología y la digitalización, mediante alguna de las siguientes acciones:
- Innovación,
- Aumento de tamaño,
- Creación de empresas,
- Internacionalización,
- Búsqueda de nuevos productos y/o mercados,
- Incorporación de nuevos procesos de elaboración y tecnologías (TIC…)
- Mejora de la calidad,
- Seguridad alimentaria.
- Promover el empleo, el crecimiento, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, incluyendo la bioeconomía y la silvicultura sostenible, mediante alguna de las siguientes acciones:
- Procesos de integración,
- Valorización de subproductos,
- Nuevas instalaciones de iniciativas comercializadoras y/o transformadoras de productos agrarios y/o agroalimentarios en el medio rural que aprovechen las materias primas presentes en el mismo.
DOTACIÓN
Pendiente a la publicación de la correspondiente convocatoria.
BENEFICIARIOS
Pyme y Gran Empresa dedicada a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea de la Región de Murcia.
TIPO DE AYUDA
Subvención en función del tamaño de la empresa, de su ubicación y del tipo de producto:
- PYMES:
- Con carácter general: hasta el 30%.
- Con producto final fuera del Anexo I del Tratado: hasta el 25%.
- GRAN EMPRESA
- 18%.
Máximo de ayuda por beneficiario de 2.500.000€.
COSTES SUBVENCIONABLES
- La construcción y adquisición (incluido el arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles.
- La compra de maquinaria y equipos nuevos, hasta el valor de mercado del producto.
Será posible el arrendamiento con opción de compra si a fecha de solicitud de pago el beneficiario es propietario de la maquinaria o equipo.
- Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a) y b), tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, auditores y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
- las siguientes inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor, marcas registradas.
PLAZO DE SOLICITUD
Pendiente a la publicación de la correspondiente convocatoria.
ENLACE
Publicación número 1673 del BORM número 81 de 09/04/2024
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