PUBLICADAS LAS BASES DE AYUDAS A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EMPRESAS TURÍSTICAS DE REGIÓN DE MURCIA

OBJETO

Establecer las bases reguladoras para el Plan de modernización y competitividad del sector turístico en la Región de Murcia.

 

DOTACIÓN

Se publicará en la correspondiente convocatoria.

 

BENEFICIARIOS

  • Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias de edificios existentes destinados a alojamiento turístico.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios destinados a alojamiento turístico, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente.

 

TIPOLOGÍA DE PROYECTOS:

  • Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

 

*Han de conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la situación de partida.

 

TIPO DE AYUDA

Subvención de hasta el 50% en función de la tipología, la actuación y el tipo de beneficiario.

 

COSTES SUBVENCIONABLE

  • Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración del certificado de eficiencia energética.
  • Los costes de gestión de solicitud de la ayuda.
  • Los costes de la redacción de los proyectos técnicos.
  • Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.
  • Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
  • La inversión en equipos y materiales efectuada.
  • Los costes de redacción de informes y demás documentación.
  • Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.
  • El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
  • El informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda, emitido por un organismo de control o entidad de control.
  • Otras partidas necesarias (auxiliares o no) específicas de cada tipología de actuación.
  • Retirar aquellos productos de construcción que contengan amianto.
  • Los costes para implantar las medidas correctoras para cumplir los criterios de la “Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”.

 

PLAZO DE SOLICITUD

Pendiente a la publicación de la convocatoria.

 

Enlace:

https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2022/numero/5145/pdf?id=811823

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