La Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) ha publicado las convocatorias de las siguientes líneas de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el impulso de la actividad económica:
- Subvenciones para proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental.
- Subvenciones para proyectos de inversión de PYMES para el crecimiento y mejora de la competitividad.
- Subvenciones para proyectos de puesta en marcha de pequeñas empresas.
Detalle de las líneas:
LÍNEA 1.- PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL Y DESARROLLO EXPERIMENTAL
OBJETO
Promover la investigación industrial y el desarrollo experimental en Andalucía, en el marco de las actividades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía, S4 Andalucía
DOTACIÓN
17.000.000€
BENEFICIARIOS
Empresas con las siguientes formas jurídicas: sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales, válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro según su forma jurídica y con establecimiento operativo en Andalucía en el momento de presentar la solicitud de subvención con independencia de donde se encuentre su domicilio social.
TIPO DE PROYECTO Y TIPOLOGÍA
Proyectos cuyo objeto será la búsqueda de nuevos productos, procesos o servicios o la mejora de los ya existentes
- Investigación Industrial
- Desarrollo Experimental
El plazo de ejecución será de 2 años como máximo y su fecha final de realización será como máximo hasta el 31/12/2029
TIPO DE AYUDA
Subvención a conceder de hasta el 50% en función del tamaño de la empresa y de la naturaleza del proyecto (individual o en agrupación)
Importe máximo por beneficiario de 400.000€
*Presupuesto subvencionable mínimo de 30.000€ y un plazo de ejecución de max.2 años.
COSTES SUBVENCIONABLES
- Gastos de personal
- Costes indirectos
PLAZO DE SOLICITUD
Desde las 9 horas del 10 de julio hasta las 14 horas del 30 de diciembre de 2025
Convocatoria BOJA24-130-00025-47564-01_00304514.pdf (juntadeandalucia.es)
Extracto BOJA24-130-00002-47568-01_00304518.pdf (juntadeandalucia.es)
LÍNEA 2.- PROYECTOS DE INVERSIÓN DE CRECIMIENTO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PYMES CON ACTIVIDAD ECONÓMICA
OBJETO
Apoyar el crecimiento, la mejora de la competitividad y la ampliación del tamaño de las medianas y pequeñas empresas y las microempresas con actividad económica en Andalucía.
DOTACIÓN
201.063.078€
BENEFICIARIOS
Solo podrán ser subvencionables las PYMES cuyos CNAE estén incluidos entre: DEL 07 AL11, del 13 al 18, del 20 al 33, 35, del 38 al 39, 43, 52, 58, 59, 62,63, 71,72 y 74.
*Se admitirán solicitudes de personas o entidades que estén dadas de alta en varios CNAEs, aunque algunos de ellos no sean elegibles, siempre que presenten, junto a la solicitud o en la propuesta de resolución provisional, una declaración responsable que acredite que los elementos que componen el presupuesto solicitado se van a usar exclusivamente en CNAEs elegibles de acuerdo con lo indicado arriba.
TIPO DE PROYECTO Y TIPOLOGÍA
Son los que se acometan para la ejecución de un proyecto de inversión inicial en activos materiales e inmateriales que contemplen una inversión subvencionable superior a 30.000 euros, relacionados con las siguientes categorías:
- la creación de un nuevo establecimiento.
- la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
- la diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en él.
- una transformación fundamental del proceso global de producción del producto o productos o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento.
TIPO DE AYUDA
Subvención de hasta el 50% en función del tipo de empresa, de la ubicación de la misma y del cumplimiento de las características adicionales.
*La ejecución será posterior a la solicitud y hasta el 31/12/2029 como fecha máxima
* Se ha de acreditar una capacidad económica y financiera suficiente en relación con el importe de la inversión presentada (entre el 15% y el 25%)
COSTES SUBVENCIONABLES
- Terrenos urbanos
- Naves y construcciones
- Bienes de equipo de procesos, nuevos o usados
- Bienes de equipo auxiliares e instalaciones
- Equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC)
- Adquisición y tratamiento de software, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática
- El arrendamiento financiero de activos materiales
- Los activos inmateriales
PLAZO DE SOLICITUD
Desde las 9 horas del 10 de julio hasta las 14 horas del 30 de diciembre de 2027
Convocatoria BOJA24-130-00011-47567-01_00304517.pdf (juntadeandalucia.es)
Extracto BOJA24-130-00002-47570-01_00304520.pdf (juntadeandalucia.es)
LÍNEA 3.- PROYECTOS DE PUESTA EN MARCHA DE PEQUEÑAS EMPRESAS
OBJETO
Apoyar la puesta en marcha de pequeñas empresas y microempresas en Andalucía
DOTACIÓN
7.500.000€
BENEFICIARIOS
Las pequeñas empresas y microempresas, con forma societaria cuyos CNAEs estén incluidos entre: DEL 07 AL11, del 13 al 18, del 20 al 33, 35, del 38 al 39, 43, 52, 58, 59, 62,63, 71,72 y 74.
*Se admitirán solicitudes de personas o entidades que estén dadas de alta en varios CNAEs, aunque algunos de ellos no sean elegibles, siempre que presenten, junto a la solicitud o en la propuesta de resolución provisional, una declaración responsable que acredite que los elementos que componen el presupuesto solicitado se van a usar exclusivamente en CNAEs elegibles de acuerdo con lo indicado arriba.
*Se ha de acreditar un capital social de entre el 15% y el 25% de la inversión en función del presupuesto presentado o solicitado.
TIPO DE PROYECTO Y TIPOLOGÍA
Proyectos que contemplen una inversión subvencionable superior a 30.000€ y que tengan por objeto promover la creación de pequeñas empresas y microempresas desde su fase inicial hasta su consolidación, con forma societaria no cotizadas, registradas desde hace 5 años como máximo, a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que la empresa cumpla las siguientes condiciones:
- Que no se haya hecho cargo de la actividad de otra empresa, a no ser que el volumen de negocios de la actividad adquirida suponga menos del 10% del volumen de negocios de la empresa subvencionable en el ejercicio financiero previo a la absorción.
- Que todavía no haya distribuido beneficios.
- Que no hayan adquirido otra empresa o se hayan formado mediante concentraciones de empresas, salvo que el volumen de negocios de esa empresa adquirida suponga menos del 10% del volumen de negocios de la empresa subvencionable en el ejercicio financiero previo a la adquisición o que el volumen de negocios de la empresa formada mediante concentración sea superior en menos de un 10 % al volumen combinado de las dos empresas fusionadas en el ejercicio previo a su concentración
TIPO DE AYUDA
Subvención de hasta el 60%
*La ejecución será posterior a la solicitud y hasta el 31/12/2029 como fecha máxima
COSTES SUBVENCIONABLES
- Terrenos urbanos
- Naves y construcciones
- Bienes de equipo de procesos, nuevos o usados
- Bienes de equipo auxiliares e instalaciones
- Equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC)
- Adquisición y tratamiento de software, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática
- Planificación, ingeniería y dirección facultativa
PLAZO DE SOLICITUDES
Desde las 9 horas del 10 de julio hasta las 14 horas del 30 de diciembre de 2027
ENLACE
*BOJA24-120-00092-46837-01_00303787.pdf (juntadeandalucia.es)
Extracto BOJA24-130-00002-47569-01_00304519.pdf (juntadeandalucia.es)
Convocatoria https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2024/130/BOJA24-130-00011-47565-01_00304515.pdf
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