EL IVF LANZA AYUDAS PARA AMPLIACIÓN Y RENOVACIÓN DE INSTALACIONES, MAQUINARIA Y EQUIPOS

OBJETO

Financiar empresas que tengan, al menos, un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana.

DOTACIÓN

30M€.

BENEFICIARIOS

Empresas con al menos un empleado y trabajadores autónomos y comunidades de bienes con al menos, un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana.

*Quedan excluidos:

  • Las entidades de derecho público, las universidades públicas, los organismos autónomos, las empresas públicas, las sociedades mercantiles públicas.
  • No podrán ser beneficiarios las empresas que operan en los siguientes sectores de actividad:
    • Actividades económicas ilegales
    • Productos del tabaco y bebidas alcohólicas destiladas
    • Producción y comercio de armas y municiones
    • Casinos y empresas equivalentes
    • Restricciones del sector de las TI
    • Restricciones del sector de ciencias de la vida
    • Empresas que concentren su actividad empresarial en los sectores financieros o inmobiliarios
    • Empresas de intermediación financiera, seguros y servicios bancarias, salvo las FINTECH e INSURTECH
    • Desmantelamiento o la construcción de centrales nucleares

TIPO DE PROYECTOS

Los proyectos tendrán por finalidad las siguientes actuaciones:

  • Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos;
  • Sostenimiento del capital circulante de la empresa, incluyendo la contratación de mano de obra, la adquisición de bienes y servicios ligados al ciclo de la explotación, la financiación de clientes, la inversión en existencias y tesorería operativa de la empresa, así como la cancelación de la deuda a corto plazo de naturaleza comercial y financiera.

TIPO Y CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA

Préstamos:

  • Importe mínimo de 20.000€ y máximo de:
  1. Para la adquisición o elaboración propia de activos fijos de naturaleza material o inmaterial:
    • 200.000 € si el solicitante es un trabajador autónomo.
    • 800.000 € si es una microempresa.
    • 2.000.000 € si es una pequeña y mediana empresa (PYME).
    • 5.000.000 € si es una gran empresa.
    • Pero hasta el 80 % del valor de la inversión realizada.
    • El préstamo del IVF podrá financiar hasta el 100 % del valor de las cuotas participativas necesarias para contratar, si procede, el aval de una SGR como garantía de la operación
    • Plazo podrá extenderse desde un mínimo de cuatro hasta un máximo de diez años, con carencia de hasta dos años, incluido en ese plazo. El Consejo General del IVF podrá autorizar un plazo de amortización superior a 10 años.

 

  1. Para el sostenimiento del capital circulante:
      • 50.000 € si el solicitante es un trabajador autónomo.
      • 200.000 € si es una microempresa.
      • 500.000 € si es una PYME.
      • 1.250.000 € si es una gran empresa.
      • Plazo de vencimiento más de dos años, y máximo cinco años

El tipo de interés: EURIBOR a un año con límite inferior 0 % + el margen de riesgo de crédito, que se determinará atendiendo a la tabla siguiente:

  1. En operaciones financieras con aval de AFIN-SGR por el 100 % de los intereses ordinarios y el valor nominal del préstamo, el margen sobre el EURIBOR a un año se situará en el 1,5 %.
  2. En las operaciones de plazo superior a 10 años, el IVF añadirá dos puntos porcentuales al tipo de interés resultante de aplicar la tabla.
  3. Liquidaciones de intereses serán trimestrales, el préstamo se amortizará por trimestres vencidos, transcurrido el periodo de carencia.
  4. El IVF podrá aplicar una comisión de apertura, de hasta un máximo del 1 % del valor del préstamo, en función de los gastos de estudio de la operación para el IVF.

COSTES SUBVENCIONABLES

  • Adquisición y acondicionamiento de terrenos.
  • Adquisición y construcción de naves, locales comerciales y otros inmuebles, así como de instalaciones técnicas para el desarrollo de la actividad principal de la empresa.
  • Construcción de instalaciones de energía renovable, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
  • Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
  • Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
  • Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación, hasta un máximo de 35.000 euros por vehículo.
  • Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
  • Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.

PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 29 de junio hasta agotarse el presupuesto o se cierre la línea.

¿Necesitas apoyo económico para llevar a cabo tus proyectos? Hablemos ✉️ info@innovalis.es

 

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