Se ha dotado de 10MM€ para la que las PYMES INDUSTRIALES de la Comunidad de Madrid puedan realizar PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN.
OBJETO:
Impulsar la transformación digital de los procesos productivos de las pymes industriales de la Comunidad de Madrid.
BENEFICIARIOS:
PYMES con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y cuya actividad económica e IAE se encuentre entre las siguientes divisiones de la sección primera del anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990:
- División 2. Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados. Industria química.
- Agrupación 21: Extracción y preparación de minerales metálicos.
- Agrupación 22: Producción y primera transformación de metales.
- Agrupación 23: Extracción de minerales no metálicos ni energéticos: Turberas.
- Agrupación 24: Industrias de productos minerales no metálicos.
- Agrupación 25: Industria Química.
- División 3. Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
- Agrupación 31: Fabricación de productos metálicos (excepto máquinas y material de transporte).
- Agrupación 32: Construcción de maquinaria y equipo mecánico.
- Agrupación 33: Construcción de máquinas de oficina y ordenadores (incluida su instalación).
- Agrupación 34: Construcción de maquinaria y material eléctrico.
- Agrupación 35: Fabricación de material electrónico (excepto ordenadores).
- Agrupación 36: Construcción de vehículos automóviles y sus piezas de repuesto.
- Agrupación 37: Construcción naval, reparación y mantenimiento de buques.
- Agrupación 38: Construcción de otro material de transporte.
- Agrupación 39: Fabricación de instrumentos de precisión, óptica y similares.
- División 4. Otras industrias manufactureras.
- Agrupación 41: Industrias de productos alimenticios y bebidas.
- Agrupación 42: Industrias de otros productos alimenticios, bebidas y tabaco.
- Agrupación 43: Industria textil.
- Agrupación 44: Industria del cuero.
- Agrupación 45: Industria del calzado y vestido y otras confecciones textiles.
- Agrupación 46: Industrias de la madera, corcho y muebles de madera.
- Agrupación 47: Industria del papel y fabricación de artículos de papel; artes gráficas y edición.
- Agrupación 48: Industrias de transformación del caucho y materias plásticas.
- Agrupación 49: Otras industrias manufactureras.
TIPO DE PROYECTO:
- Creación de un nuevo establecimiento.
- Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
- Diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo.
- Transformación fundamental del proceso global de producción.
TIPO DE AYUDA:
Hasta el 35% en función del tamaño de empresa con los siguientes limites:
- Hasta 250.000€ para ME.
- Hasta 350.000€ para PE.
*Inversión mínima de 60.000€.
*No se subvencionarán los proyectos que contengan exclusivamente gastos de consultoría.
*Solo 1 proyecto por empresa.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
- Implementación de soluciones de negocio utilizando tecnologías ligadas a la comunicación, análisis y tratamiento de datos.
- Plataformas colaborativas.
- Digitalización de los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores; sistemas embebidos y control de procesos.
- Implementación de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la cadena de valor de la empresa industrial.
- Diseño y desarrollo de páginas web, redes sociales y ciberseguridad como vehículo potenciador del desarrollo empresarial.
COSTES SUBVENCIONABLES:
- Adquisición de activos fijos materiales, así como equipos que, no estando directamente vinculados con la producción, resultan indubitablemente necesarios para el proyecto planteado.
- Adquisición de activos inmateriales como software, así como patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad.
- Gastos de consultoría prestados por empresas externas para la implementación efectiva del proyecto.
*La adquisición de bienes de segunda mano serán subvencionables siempre y cuando no exista vinculación entre el proveedor y la empresa beneficiaria.
PLAZO DE SOLICITUD:
31 de diciembre o hasta agotar fondos.
ENLACE:
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas


