OBJETO
Incentivar la realización de inversiones en explotaciones agrícolas que contribuyan a la mejora de su viabilidad y competitividad, mejorar el rendimiento global y sostenibilidad de las explotaciones, facilitar la reestructuración y modernización de las mismas con objeto de incrementar su participación y orientación hacia el mercado, así como la diversificación de su producción, mediante la implementación de planes de mejora.
DOTACIÓN
12.704.758 €.
BENEFICIARIOS
Personas físicas, entidades inscritas en el registro de titularidad compartida y entidades asociativas con personalidad jurídica que cumplan la definición de PYME titulares de explotaciones agrarias cuyo objeto principal sea la actividad agraria, que realicen alguna de las inversiones subvencionables en su explotación.
OBJETIVOS A ALCANZAR
- Mejora de las condiciones del entorno de trabajo, de las condiciones técnicas y medioambientales de la explotación, así como de higiene y bienestar animal, garantizando la sostenibilidad y la viabilidad económica de la explotación.
- Mejora de la eficiencia de los sistemas de riego, reducción de los costes de producción, del consumo de insumos y del impacto medioambiental de la explotación, aumentando la competitividad de la explotación en su conjunto.
- Medidas de diversificación que favorezcan el desarrollo de actividades en ciclo cerrado, o minimicen los riesgos empresariales y el impacto medioambiental.
- Adaptación de la producción a las demandas del mercado. Mejora de la calidad de los productos.
- Mejora de la conservación del entorno natural.
TIPO DE AYUDA
Subvención de hasta el 40% pudiendo incrementarse hasta el 75% en los siguientes casos:
- a) Jóvenes que tengan menos de 41 años y cuenten con la capacitación y competencia profesional descrita en la Orden 29/2016 en el momento de presentar la solicitud y se hayan instalado efectivamente en los 5 años anteriores a la solicitud de ayuda, un 20 % adicional.
- b) Explotaciones ubicadas en su mayor parte en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas contempladas en el artículo 32 del R(UE) 1305/2013, un 15 % adicional. Se considera que una explotación está ubicada en estas zonas cuando más del 50 % de su superficie productiva esté incluida en ellas.
- c) Solicitudes correspondientes a titulares de explotaciones acogidas a las medidas de agroambiente y clima o de agricultura ecológica, previstas en el PDR-CV 2014-2020, con contrato plurianual con la Conselleria competente en materia de agricultura y producción agraria vigente en el momento de presentar la solicitud, un 15 % adicional
COSTES SUBVENCIONABLES
- Construcción o adquisición de bienes inmuebles.
- Compra de terrenos.
- Instalaciones de riego. Se consideran subvencionables las inversiones que no impliquen la implantación de nuevos regadíos.
- Otro tipo de instalaciones.
- Maquinaria, vehículos de carga y transporte, y otros equipos incluidos los informáticos.
- Costes generales subvencionables
PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 25 de febrero hasta el 25 de abril de 2023.
ENLACE
Convocatoria https://dogv.gva.es/datos/2023/02/24/pdf/2023_1857.pdf
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