AYUDAS DIRIGIDAS A LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA EN LOS MUNICIPIOS AFECTADOS POR LA DANA (EMDANA)

AYUDAS DIRIGIDAS A LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA EN LOS MUNICIPIOS AFECTADOS POR LA DANA (EMDANA)

📌 Objeto

Fomentar el emprendimiento y apoyar a empresas que:

  • Reabrieron sus negocios dañados por la DANA.
  • Iniciaron una nueva actividad económica tras el 29 de octubre de 2024.

 

💶 Dotación Presupuestaria

  • Importe total: 5.000.000 €.

 

💼 Presupuesto por Proyecto (Cuantía máxima por beneficiario)

Según el grado de afectación del municipio:

  • Grupo A: hasta 30.000 €
  • Grupo B: hasta 20.000 €
  • Grupo C: hasta 10.000 €
  • Grupo D: hasta 5.000 €

 

👥 Beneficiarios

  • Personas físicas (autónomos) y jurídicas (pymes) con actividad económica.
  • Requisitos:
    • Tener centro de trabajo en uno de los municipios del Anexo II.
    • Estar dadas de alta en el IAE antes o después del 29/10/2024, según el caso.
  • Exclusiones:
    • Comunidades de bienes, sociedades civiles sin personalidad jurídica, entidades sin ánimo de lucro, empresas públicas.
    • Empresas de sectores excluidos por el Reglamento de minimis (pesca, acuicultura, agricultura primaria, etc.).

 

✅ Actuaciones Subvencionables

  • Empresas que:
    • Reabrieron tras sufrir daños por la DANA. (acreditar)
    • Iniciaron nueva actividad tras la DANA.

 

🎯 Objetivos del Proyecto

  • Reactivar la economía local.
  • Recuperar la competitividad de pymes y personas emprendedoras.
  • Apoyar gastos corrientes necesarios para mantener o iniciar la actividad.

 

🏷️ Tipo de Ayuda

  • Subvención directa bajo el régimen de concurrencia competitiva.
  • Régimen de minimis (máximo 300.000 € en 3 años por empresa).

 

💸 Costes Subvencionables

Gastos realizados y pagados entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025:

  • Alquiler de locales, oficinas o naves.
  • Costes laborales (hasta 3.000 €/mes por trabajador).
  • Servicios profesionales (gestoría, gestión de licencias y certificaciones, asesoría jurídica, gastos notariales, incubación, etc.).

No subvencionables: alquiler de viviendas, intereses bancarios, cuotas de autónomos, impuestos, adquisición de inmovilizado o bienes para la venta, entre otros.

 

⏳ Plazo de Solicitud

  • Del 15 de septiembre al 15 de octubre de 2025 (hasta las 23:59:59).
  • Solo se admite una solicitud por beneficiario y municipio.

 

Enlaces:

Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas

2025_30049_es.pdf

2025_29922_es.pdf

Ayudas dirigidas a la reactivación económica en los municipios afectados por la DANA (EMDANA). Emprendimiento – GVA.ES – Generalitat Valenciana

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