OBJETO
Concesión de ayudas a planes de inversión correspondientes a la sección A de baterías del vehículo eléctrico.
DOTACIÓN
300.000.000€ distribuidos de la siguiente forma:
- 000.000 € en forma de préstamos.
- 000.000€ en forma de subvención.
BENEFICIARIOS
Empresas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas, que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial en alguno de los siguientes sectores de la CNAE 2009:
- 1 Fabricación de productos químicos básicos.
- 30 la fabricación de disolventes y diluyentes orgánicos compuestos.
- 59 carbón activado, aditivos para aceites lubricantes, aceleradores de vulcanización, catalizadores y otros productos químicos de uso industrial.
- 1 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control eléctrico.
- 2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos.
- 92 Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción, la fabricación de camiones todoterreno de caja basculante.
- 1 Fabricación de vehículos a motor.
- 2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques.
- 3 Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor.
- 91 Fabricación de motocicletas.
- 92 la fabricación de vehículos motorizados para discapacitados.
- Sección C 38.3 Valorización.
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
Deberán pertenecer exclusivamente a la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado, e incluirse dentro de la sección A:
- Sección A de baterías de vehículo eléctrico: incluirá los proyectos de importancia estratégica para la transición hacia una economía con cero emisiones netas que supongan inversión en capacidad de:
- producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico. Se entenderá que son proyectos de esta línea aquellos que ofrezcan por sí mismos la capacidad de fabricar celdas de baterías y/o battery packs que puedan ser comercializados a terceros.
- la producción de componentes esenciales diseñados y utilizados principalmente como insumo directo para la producción de baterías.
- la producción o recuperación de las materias primas fundamentales conexas necesarias para la producción de baterías y componentes esenciales.
TIPO DE PROYECTO
- Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
- Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción.
- Reconversión de líneas previamente existentes para la fabricación de productos que anteriormente no estuvieran en producción en la planta.
TIPO DE AYUDA
Podrán tener la forma de préstamo reembolsable o ser una combinación de préstamo y subvención.
El importe de la ayuda total de la sección A será la suma de la subvención y el importe nominal del préstamo:
- Para proyectos de producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico la intensidad será de hasta el 35% con un máximo de hasta 300.000.000€ por empresa siendo 200.000.000€ el importe de ayuda en forma de subvención.
- Para proyectos de producción de componentes esenciales la intensidad será de hasta el 15 % con un máximo de 100.000.000€ por empresa.
- Para proyectos de producción de materias primas fundamentales esenciales la intensidad será de hasta el 15 % con un máximo de 25.000.000€ por empresa.
- Préstamos rembolsables
- Nominal: acotado de acuerdo al riesgo vivo acumulado, no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad.
- Interés: 2,99%.
- Amortización: 10 años con 3 de carencia.
*Presupuesto financiable mínimo de 10.000.000€.
COSTES SUBVENCIONABLES
- Obra civil.
- Edificación e instalaciones.
- Aparatos y equipos de producción.
- Activos inmateriales.
PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 17 de junio a las 10:00h hasta el 19 de julio de 2024 a las 14:00h.
ENLACE
Anuncio 18717 del BOE núm. 126 de 2024
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