PUBLICADAS LAS BASES DE AYUDAS DE CDTI

OBJETO

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas de los siguientes programas del PEICTI 2024-2027

  • Programa para la Investigación y Desarrollo Experimental.
  • Programa de Transferencia y Colaboración.
  • Programa de Innovación.
  • Programa de Internacionalización.

 

ACTUACIONES

  1. Misiones de Ciencia e Innovación– Próxima apertura en Mayo.
  2. Consorcions Regionales (<<INTERCONECTA-STEP>>) – Próxima apertura en Marzo.
  3. Proyectos de I+D Ecosistémicos.
  4. Proyectos de I+D individuales.
  5. Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL) – Próxima apertura en Marzo.
  6. Proyectos de innovación.
  7. Ayudas Neotec – Próxima apertura en Abril.
  8. Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos – Próxima apertura en Abril.
  9. Acciones de dinamización.
  10. Ecosistemas innovadores.

Estas actuaciones se podrán desarrollar por CDTI en colaboración o coordinación con otros agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

 

BENEFICIARIOS

  • Empresas.
  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades y sus institutos de investigación.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados.
  • Centros Tecnológicos y de Apoyo a la Innovación Tecnológica (ámbito estatal).
  • Otros centros públicos o privados de I+D+I.
  • Organizaciones de apoyo a la transferencia tecnológica, difusión y divulgación tecnológica y científica.
  • Asociaciones y fundaciones.
  • Administraciones Públicas y entidades de derecho público.

 

TIPO DE AYUDA

Subvención de entre el 25% y el 80% en función de la actuación y el tipo de beneficiario

  • Carácter anual o plurianual con la duración que se establezca en las convocatorias.
  • Se podrán financiar con fondos nacionales y/o europeos.
  • Las convocatorias podrán establecer un límite máximo de ayuda.
  • Para nuevos proyectos empresariales de empresas se establecen los siguientes límites:
    • Entre 500.000€ y 1.000.000€.

 

*Los proyectos de innovación, las actuaciones de dinamización y los ecosistemas de innovación están sujetos a mínimis.

 

ACTIVIDADES

  1. Los proyectos de I+D, actividades de investigación industrial y/o desarrollo experimental.
  2. Los proyectos de innovación, incorporación y adaptación de tecnologías novedosas para la empresa.
  3. Las ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales, puesta en marcha por parte de pequeñas empresas de proyectos que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Podrán incluir todas las actividades que sean necesarias para desarrollar el proyecto, en los términos definidos en la convocatoria.
  4. Los programas estratégicos de investigación, desarrollo e innovación, centrados en tecnologías prioritarias «Cervera» consistirán en planes definidos por una agrupación de centros tecnológicos para orientar sus actividades, fortalecer sus capacidades científico-técnicas y promover las sinergias entre ellos, en el marco de las tecnologías prioritarias definidas en las convocatorias respectivas.
  5. Las ayudas destinadas a acciones de dinamización y a ecosistemas innovadores financiarán actividades relacionadas con la realización de diagnósticos, estudios, difusión, asesoramiento y preparación de propuestas de I+D+I, formación, promoción de capacidades científico-tecnológicas, generación de redes y puntos de encuentro entre agentes del ecosistema.

 

COSTES SUBVENCIONABLES

Para proyectos de I+D:

  • Costes de personal.
  • Costes de instrumental y material inventariable.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes, costes de consultoría y servicios equivalentes.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación.
  • Informes de auditoría, validación o verificación asociados al proyecto.
  • Gastos de viajes que se deriven del proyecto.
  • Costes indirectos (20%).

Para proyectos innovadores y nuevos proyectos empresariales:

  • Adquisición de activos fijos nuevos, materiales e inmateriales.
  • Costes de personal.
  • Costes de materiales y consumibles.
  • Costes de contratación de servicios externos y subcontrataciones.
  • Gasto de los informes de auditoría, validación o verificación asociados al proyecto (solo para proyectos innovadores).
  • Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, formación, seguros y otros gastos derivados, así como gastos de promoción y difusión, y de formación. También serán elegibles los gastos de viajes vinculados con actividades de formación (solo para proy. empresariales).

Para proyectos estratégicos de I+D+i realizados por Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación:

  • Costes de personal y de su formación.
  • Costes de adquisición, alquiler, arrendamiento financiero (leasing), mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales necesarios para la actuación.
  • Costes de adquisición de activos inmateriales.
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual y otros costes derivados del mantenimiento de estos.
  • Costes de contratación de servicios externos y subcontrataciones.
  • Costes de gestión de instalaciones de uso compartido.
  • Costes derivados de asesoramiento, realización de estudios, difusión, eventos y publicidad.
  • Costes de publicación y difusión de resultados.
  • Gastos de viaje y costes de inscripción en congresos, seminarios, conferencias, jornadas técnicas y similares y de utilización y acceso a las ICTS y grandes instalaciones científicas, nacionales e internacionales.
  • Gasto de los informes de auditoría, validación o verificación asociados al proyecto.
  • Costes indirectos (21%).

Para acciones de dinamización y ecosistemas innovadores

  • Costes de personal y de su formación y los costes inherentes a la preparación de actuaciones formativas incluyendo el material docente o formativo.
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • Costes de contratación de servicios externos y subcontrataciones.
  • Costes derivados de asesoramiento, realización de estudios, difusión, eventos y publicidad y los costes asociados a la contratación de espacios, medios técnicos y cartelería.
  • Costes derivados de la gestión de las instalaciones e infraestructura de soporte para la organización de programas de formación, talleres, conferencias y para fomentar el intercambio de conocimientos y el trabajo en redes, así como la cooperación transnacional.
  • Gasto de los informes de auditoría, validación o verificación asociados al proyecto.
  • Gastos de viaje.
  • Costes indirectos (7%).

 

PLAZO DE SOLICITUD

Se establecerá en las correspondientes convocatorias.

 

ENLACE

*Disposición 3176 del BOE núm. 42 de 2025

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