PUBLICADAS LAS BASES DE LA CONVOCATORIA PARA IMPULSAR LA DIGITALIZACIÓN EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha dado luz verde a las Bases de las ayudas para el fomento de acciones de transferencia de conocimientos e información y adquisición de competencias en digitalización, y para el asesoramiento, gestión y sustitución, destinadas al sector agroalimentario, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

¿Qué líneas recoge?

M1: Acciones de trasferencia de conocimientos e información.

El fin de esta medida es aumentar las competencias digitales de los profesionales del sector agroalimentario y del mundo rural.

M2: Servicios de asesoramiento, gestión y sustitución destinados a las explotaciones agrarias.

La finalidad de esta medida es apoyar el uso de los servicios de asesoramiento por las empresas del sector agrario y jóvenes profesionales de la agricultura para mejorar los resultados económicos y medioambientales, impulsar el respeto para con el medio ambiente y mejorar la capacidad de adaptación de sus explotaciones o inversiones.

¿Quién puede solicitarlas?

M1: serán de dos o más comunidades autónomas. Profesionales que desarrollen sus actividades en los sectores agrario y/o alimentario, los gestores de tierras y otros agentes económicos que constituyan PYMES cuyo ámbito de actuación sean las zonas rurales.

M2: serán de dos o más comunidades autónomas. Profesionales de la agricultura, jóvenes agricultores, otros gestores de tierras y las PYME de las zonas rurales.

Además, podrán ser beneficiarios:

-Organizaciones profesionales agrarias de carácter general y ámbito nacional.

-Confederaciones intersectoriales de ámbito estatal.

-Otras organizaciones profesionales, independientes, privadas y sin ánimo de lucro, de ámbito estatal con establecimientos en varias comunidades autónomas o de ámbito de actuación estatal y con vinculación con el sector agroalimentario.

¿Qué costes se subvencionan?

M1:

  • Costes directos de personal e indirectos.
  • Compra de material didáctico, textos y materiales fungibles.
  • Alquiler de instalaciones, edificaciones, maquinaria o equipos.
  • Gastos de transporte, alojamiento y manutención.
  • Gastos derivados de la suscripción de seguros de accidentes.
  • Gastos de creación, adaptación y mantenimiento de entornos virtuales formativos.
  • Costes de comunicación.
  • Gasto derivado del informe realizado por un auditor.

M2:

  • Costes directos de personal e indirectos.
  • Gastos en materiales de asesoramiento.
  • Gastos de transporte, alojamiento y manutención.
  • Gastos de creación, adaptación y mantenimiento de entornos virtuales formativos.
  • Gastos derivados de la suscripción de seguros de responsabilidad civil.
  • Gasto derivado del informe realizado por un auditor.

La subvención corresponderá al 100 % de los gastos subvencionables, dentro de los límites señalados en la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será el previsto en la convocatoria.

Toda la Info: https://www.boe.es/boe/dias/2022/02/09/pdfs/BOE-A-2022-2060.pdf

¿Quieres darle a tu empresa el empujón tecnológico que necesita? ✉️ info@innovalis.es

 

logo innovalis
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles. Puedes acceder aquí a nuestra política de privacidad