PUBLICADAS LAS BASES DE AYUDAS PARA GRUPOS OPERATIVOS SUPRAAUTONÓMICOS DE LA AEI-AGRI

OBJETO

 

Conceder subvenciones destinadas a la cooperación para la preparación y ejecución de proyectos de innovación de interés general para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos o servicios, desarrollos experimentales o innovación en materia de organización o de procesos de transformación y comercialización, en los sectores agrícola, ganadero, forestal y agroalimentario llevados a cabo por grupos operativos supraautonómicos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri).

 

DOTACIÓN

 

Se establecerá en la convocatoria.

 

BENEFICIARIOS

 

Agrupaciones de al menos dos personas, físicas o jurídicas independientes entre sí, que se asocien para formar parte de un grupo operativo supraautonómico de la AEI-Agri, para preparar y ejecutar un proyecto innovador.

 

Las integrantes del grupo operativo podrán ser:

  • Del sector agroalimentario y forestal: productores agrarios y forestales y sus agrupaciones o asociaciones, empresas o industrias del sector agroalimentario y forestal y sus agrupaciones o asociaciones, cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, comunidades de regantes.
  • Del sector investigador o del conocimiento, personal investigador, personal tecnólogo, universidades, centros de tecnología, entidades de I+D+I, personal asesor o entidades de asesoramiento, plataformas tecnológicas, centros de investigación y experimentación, entre otros.
  • Otros: organizaciones no gubernamentales, grupos de acción local o cualquier otro actor que desempeñe un papel relevante en la ejecución del proyecto.

 

TIPO DE AYUDA

 

Subvención que se determinará en la convocatoria, pero tendrá un máximo por agrupación beneficiaria y proyecto de 600.000€.

 

COSTES SUBVENCIONABLES

  • Gastos de preparación del proyecto.
  • Gastos de personal propio de las integrantes de la agrupación.
  • Gastos de transporte, alojamiento y manutención de las integrantes de la agrupación beneficiaria.
  • Gastos de servicios de coordinación técnica del proyecto cuando se externalice dicha coordinación.
  • Los gastos derivados del informe auditor.
  • Material fungible.
  • Alquiler de equipos, instalaciones o fincas para la ejecución del proyecto. Alquiler de espacios para la divulgación.
  • Gastos de los servicios necesarios para la realización del proyecto y la divulgación de resultados: servicios de consultoría tecnológica, servicios de asesoría, otros servicios.
  • Gastos derivados de la contratación tecnológica, el desarrollo de prototipos en el marco del proyecto, de la realización de pruebas piloto, y de la tramitación de la protección de la propiedad intelectual del producto o proceso.
  • Gastos derivados de la constitución de la garantía bancaria.
  • Costes indirectos.
  • Gastos en inversiones productivas y no productivas, materiales o inmateriales*
  • Los gastos derivados de la certificación.

 

PLAZO DE SOLICITUD

 

Pendiente a la publicación de la convocatoria.

 

ENLACE

 

Disposición 11641 del BOE núm. 117 de 2023

 

Te informamos de todos los detalles a través de ✉️ info@innovalis.es

 

logo innovalis
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles. Puedes acceder aquí a nuestra política de privacidad