PUBLICADAS LAS AYUDAS ‘RIS3Mur COVID-19’

¿POR QUÉ SE CONVOCAN?

El objeto de este programa de ayudas es reactivar la economía regional mediante el apoyo a actividades de innovación tecnológica para recuperar, mantener o incrementar la productividad y competitividad.

¿QUIÉN PUEDE ACCEDER A ELLAS?

Pymes y grandes empresas de la Región de Murcia que estén afectadas por la crisis de la Covid-19. Tienen que estar dedicadas a cualquier sector de actividad con un desarrollo económico basado en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales, reflejados en la Estrategia de investigación e innovación de Especialización Inteligente Ris3Mur.

¿A CUÁNTO ASCIENDE LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA?

La cuantía total máxima será de 6.000.000€.

¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE?

-Cuenta con una subvención máxima de 250.000€ por beneficiario o hasta el 80% para PYME y hasta el 60% para gran empresa.

-Régimen de concurrencia no competitiva.

-Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse durante cinco años, salvo para las PYMES que será de tres años, desde la finalización del proyecto.

Compatible con otras ayudas hasta el límite marcado por la legislación vigente.

-Deberá justificarse al menos un 60% del presupuesto aprobado para no perder la ayuda.

¿QUÉ TIPOS DE PROYECTOS SON FINANCIABLES?

Los que entren dentro de las siguientes modalidades:

1. Validación de tecnología genérica mediante la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o simulación con los sistemas existentes, así como líneas piloto.

2. Adquisición de conocimientos o técnicas ya existentes, de índole científica o tecnológica, incluyendo su aplicación en la empresa para la mejora o el desarrollo de nuevos productos o procesos productivos.

3. Definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos o procesos productivos, incluyendo la realización de un primer prototipo que permita su validación.

4. Construcción de prototipos, demostradores, pilotos, ensayos o validaciones de productos o procesos nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento.

5. Aplicación de un método de producción nuevo o significativamente mejorado.

6. Desarrollo de un producto nuevo o significativamente mejorado.

7. Otras actividades empresariales en el ámbito de la innovación empresarial, que ayuden a recuperar, mantener o incrementar su productividad o competitividad como consecuencia de la crisis sanitaria por Covid-19.

¿CUÁL ES LA FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN?

El plazo de solicitud comprende desde el 1 de septiembre de 2020 hasta el 21 de septiembre de 2020.

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