AYUDAS PARA PROYECTOS DE I+D+i ENFOCADAS A EMPRESAS DE COMUNIDAD DE MADRID

OBJETO

Apoyar la activación de la inversión privada en I+D+i y el fortalecimiento de las capacidades tecnológicas y de innovación de los sectores agrícola, ganadero, forestal y de sus industrias asociadas o agroalimentarias de la Comunidad de Madrid, con el objeto de promover, impulsar y apoyar a estos sectores económicos, reforzando así su competitividad, rentabilidad y sostenibilidad.

 

DOTACION

1.000.000 €.

 

BENEFICIARIOS

Empresas o agrupaciones de éstas con domicilio fiscal y actividad en dicha comunidad autónoma y pertenezcan al sector primario (agricultura, ganadería y silvicultura) a su industria asociada o a la industria agroalimentaria.

 

TIPO DE AYUDA

Subvención de hasta el 50%, con una ayuda máxima por beneficiario de 100.000€

*La intensidad para los proyectos de investigación industrial y el desarrollo experimental será aumentada:

– En un 10 % en el caso de medianas empresas y en un 20 % en el caso de las pequeñas empresas.

– En un 15 % en el caso en el que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas y, al menos, una de ellas sea una PYME.

 

COSTES SUBVENCIONABLES

  1. a) En materia de personal:

– El coste de personal contratado por la entidad beneficiaria, exclusiva y específicamente, para la realización del proyecto.

– El coste de trabajadores autónomos que sean contratados si su dedicación es exclusiva y específica para el desarrollo del proyecto.

  1. b) Los costes de asistencias y servicios externos que siendo necesarios para la ejecución del proyecto la entidad beneficiaria no pueda realizar por sí misma.
  2. c) Los costes del material inventariable derivados de:

– La adquisición de maquinaria o equipamiento científico-técnico, a excepción del de segunda mano.

– La amortización de maquinaria, instalaciones, equipos o material durante el periodo de ejecución del proyecto, incluida la adquisición de software o aplicaciones informáticas, siempre que tengan relación directa con la ejecución de las actividades, no exista otra financiación para las mismas y la amortización correspondiente esté debidamente contabilizada por la entidad en el ejercicio de ejecución de la actuación.

– Los arrendamientos de maquinaria, instalaciones, equipos o material, destinados a la realización del proyecto.

  1. d) Los costes de adquisición de material fungible siempre que dicho material esté directamente vinculado al desarrollo del proyecto objeto de la ayuda.
  2. e) El gasto derivado del informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuando se requiera su aportación en la fase de justificación.
  3. f) Los costes generales que estén directamente vinculados con el proyecto objeto de la ayuda:

–  Gastos relativos al suministro de agua, electricidad, seguridad, gestoría, calefacción y limpieza, correo, telefonía e internet, material y suministros de oficina y gastos de alquiler de locales o sede social de la entidad, así como otras contrataciones o servicios

  1. g) También serán financiables otros costes no contemplados en los anteriores apartados que se deriven de la actuación y que sean necesarios para su ejecución:

– Servicios para la realización de pruebas piloto.

– Servicios de apoyo a la innovación: bancos de datos, investigación de mercados, laboratorios de ensayo, otros.

– Adquisición o licencias de conocimientos técnicos y patentes u otros títulos de propiedad industrial obtenidos de fuentes externas y a precios de mercado, así como el asesoramiento en el uso de normas y reglamentos que las incorpore.

 

PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 23 de junio hasta el 22 de agosto de 2023.

 

¿Quieres acceder a esta ayuda? ✉️ info@innovalis.es