OBJETO
Ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción en mercados de terceros países, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
BENEFICIARIOS
Empresas y entidades indicadas a continuación que tengan su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
- Empresas vinícolas (constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud)
- Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas.
- Organizaciones interprofesionales.
- Organizaciones profesionales que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino y que tengan entre sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción.
- Órganos de gestión y de representación de las DOP e IGP vitivinícolas, así como sus asociaciones.
- Las asociaciones temporales o permanentes de productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
- Cooperativas que comercialicen vinos elaborados por ellas o por sus asociados.
- Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
- Los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción y comunicación de productos y mercados en terceros países, a condición de que dicho organismo no sea el único beneficiario de la ayuda.
ACCIONES Y SUB-ACCIONES:
a) Acciones de promoción, publicidad o relaciones públicas que destaquen en particular las normas rigurosas de los productos de la Unión Europea, sobre todo en términos de calidad, seguridad alimentaria o medio ambiente.
- Misiones comerciales.
- Campañas publicitarias de naturaleza diversa (TV, radio, prensa, eventos, etc.).
- Promociones en puntos de venta.
- Portales web para promoción exterior, redes sociales.
- Misiones inversas.
- Oficinas de información.
- Gabinete de prensa.
- Presentaciones de producto, catas.
b) Participación en actos, ferias o exposiciones de importancia internacional.
- Ferias y exposiciones internacionales, etc., Sectoriales o generales, profesionales y de público en general. Catas.
c) Campañas de información, en particular sobre los regímenes de calidad de la Unión en relación con las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas y la producción ecológica.
- Encuentros empresariales, profesionales, líderes de opinión y consumidores.
- Jornadas, seminarios, catas, degustaciones, etc.
d) Estudios de nuevos mercados o de mercados existentes, necesarios para la búsqueda y consolidación de nuevas salidas comerciales.
- Estudios e informes de mercado nuevos o existentes, que incluyan por ejemplo paneles y pruebas preliminares antes de lanzar nuevos productos en nuevos terceros países o nuevos mercados de terceros países o en mercados existentes
e) Estudios para evaluar los resultados de los programas de promoción e información.
- Estudios de evaluación de resultados de las intervenciones sectoriales de promoción.
f) Preparación de expedientes técnicos, incluidas pruebas de laboratorio y evaluaciones, relativos a prácticas enológicas, normas fitosanitarias e higiénicas, así como requisitos de terceros países respecto a la importación de productos del sector vinícola, para posibilitar el acceso a los mercados de terceros países o evitar que se restrinja dicho acceso.
- Preparación de expedientes técnicos relativos a pruebas enológicas.
- Preparación de expedientes relativos a normas fitosanitarias e higiénicas.
- Preparación expedientes técnicos sobre requisitos de terceros países respecto a la importación del sector vinícola para posibilitar el acceso a los mercados de terceros países o evitar que se restrinja dicho acceso.
- Pruebas de laboratorio y evaluaciones.
El gasto será subvencionable siempre que:
- se haya llevado a cabo la sub-acción promocional subvencionada que origina el gasto dentro de la anualidad del programa, esto es, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, y
- el gasto haya sido efectivamente pagado por el beneficiario con anterioridad a la finalización del plazo de justificación, es decir, antes del 15 de febrero.
TIPO DE AYUDA
Hasta el 50 % de los gastos subvencionables.
PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 24 de junio hasta el 15 de septiembre del 2023.
ENLACE
Convocatoria 2023_7046.pdf (gva.es)
¿Quieres conocer más datos? ✉️ info@innovalis.es