AYUDAS PARA EFICIENCIA ENERGÉTICA DESTINADAS A EMPRESAS DEL SECTOR HOTELERO DE BALEARES

OBJETO

Financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica, de uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, y de las instalaciones de iluminación de alojamientos turísticos situados en el ámbito territorial de las Illes Balears.

 

DOTACIÓN

Más de 12.000.000€.

BENEFICIARIOS

Autónomos o empresas privadas propietarias o explotadoras de edificios destinados a alojamiento hotelero en les Illes Balears.

TIPO DE AYUDA

Subvención de hasta:

  1. a) 30 %, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
  2. b) 40 %, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
  3. c) 50 %, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa

 

TIPO DE PROYECTOS

  1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
  2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
  3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

 

*Las actuaciones para las cuales se solicita la ayuda tienen que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30 % respecto a la situación de partida.

 

COSTES ELEGIBLES

  1. Certificado de eficiencia energética.
  2. Gestión de la solicitud de la ayuda.
  3. Redacción de los proyectos técnicos.
  4. Dirección facultativa y ejecución de obras e instalaciones.
  5. Equipos y materiales.
  6. Redacción de informes y otra documentación requerida para la solicitud y la justificación de estas ayudas.
  7. Gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.
  8. El informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda, emitido por un organismo de control o entidad de control.
  9. Otras partidas necesarias (auxiliares o no) específicas para cada actuación.
  10. Cuando por motivo de la actuación sea necesario retirar amianto.
  11. Implantación de medidas correctoras con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (NDSH).

 

PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 7 de noviembre de 2022 hasta el 7 de febrero de 2023.

 

ENLACE

http://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2022/130/1120330

 

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