OBJETO
Impulsar proyectos de nuevos modelos de negocio que ofrezcan soluciones a los retos planteados por la transición energética, relacionados con la innovación, la provisión de servicios de flexibilidad que permitan una mayor integración de las energías renovables, y por tanto favorezcan la descarbonización del sistema, o la promoción y el desarrollo de nuevos proyectos empresariales (startups) que proporcionen soluciones innovadoras para la transición energética.
DOTACIÓN
156.000.000€.
BENEFICIARIOS
Empresas legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España, así como personas físicas que realicen actividades económicas
TIPO DE PROYECTO
– Innovación en la transición energética. Se podrán financiar actuaciones relacionadas con productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, que promuevan soluciones innovadoras que sirvan como palanca para la consecución de la transición energética.
– Descarbonización del sector energético y mejora de la integración de energías renovables. Se podrán financiar en esta línea de ayudas las actuaciones que permitan a la entidad beneficiaria aportar soluciones que incrementen el nivel de protección del medio ambiente.
– Startups para la transición energética. Se podrán financiar actuaciones que supongan la puesta en marcha o impulso de nuevos proyectos empresariales que contribuyan a los objetivos de la transición energética.
TIPO DE AYUDA
Las cuantías de las ayudas no podrán superar los umbrales establecidos:
- a) Para las actuaciones de la línea de ayudas «Innovación en la transición energética»: 15 millones de euros por empresa y por proyecto;
- b) Para las actuaciones de la línea de ayudas «Descarbonización del sector energético y mejora de la integración de energías renovables»: 15 millones de euros por empresa y por proyecto de inversión;
- c) Para las actuaciones de la línea de ayudas «Startups para la transición energética» la cuantía de la ayuda no podrá superar los establecidos por empresa los siguientes:
– hasta 0,4 millones de euros, para las empresas establecidas en zonas no asistidas.
– hasta 0,6 millones de euros en el caso de empresas establecidas en zonas asistidas
– hasta 0,8 millones de euros en el caso de empresas establecidas en zonas asistidas
*Las intensidades máximas de ayuda para las actuaciones acogidas a la línea de ayudas «Innovación en la transición energética», dependerá del tamaño de la empresa e ira desde el 25% hasta el 60%
*Las intensidades de las ayudas para las actuaciones acogidas a la línea de ayudas «Descarbonización del sector energético y mejora de la integración de energías renovables» dependerá del tamaño de la empresa e ira desde el 40% hasta el 60%.
COSTES SUBVENCIONABLES
– Innovación en la transición energética.
- Costes de personal
- Costes de materiales, instrumentos y equipos: incluidos software y aplicaciones informáticas, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Otros costes como materiales, suministros y similares, directamente derivados del proyecto, donde se incluirán todos aquellos materiales, incluidos equipos, cuyo periodo de vida útil no supere el periodo de ejecución aprobado para el proyecto.
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, que se deriven directamente del proyecto
- Gastos asociados a la amplia difusión de los resultados de la actuación durante el desarrollo del proyecto
- Gastos de formación del personal
– Descarbonización del sector energético y mejora de la integración de energías renovables.
- La elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones.
- Los costes de dirección facultativa
- Los costes de ejecución de la obra civil siempre que no supere el 20 % de la inversión elegible y los de montaje de las instalaciones, en su caso.
- Los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias.
- El desarrollo y la adquisición de software y aplicaciones informáticas.
- Los costes consultoría y los costes de la gestión de la solicitud y de la justificación de las ayudas. g) Gastos de formación del personal
– Startups para la transición energética.
- Inversiones en equipos.
- Gastos de personal.
- Materiales y desarrollo y adquisición de software y aplicaciones informáticas.
- Colaboraciones externas / asesoría. e) Otros costes
PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 12 de junio hasta las 14 horas del 1 de agosto de 2023.
ENLACE
Anuncio 17283 del BOE núm. 136 de 2023
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