AYUDAS A INVERSIONES EN TRANSFORMACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y DESARROLLO DE PRODUCTOS AGRARIOS DEL PROGRAMA DESARROLLO RURAL REGIÓN DE MURCIA 2014-2020

OBJETO:

Aumentar el valor añadido de los productos agrarios en zonas rurales, mejorando el rendimiento global de las empresas agroalimentarias y el tejido productivo rural en la Región de Murcia.

BENEFICIARIOS:

Pymes y las comunidades de bienes, que desarrollen o vayan a desarrollar, ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, una actividad industrial productiva incluida en el CNAE-2009, condicionado a las limitaciones sectoriales:

o CLASE 01.63. Actividad de preparación posterior a la cosecha (Centrales hortofrutícolas).

o CLASE 20.53. Fabricación de aceites esenciales.

o DIVISIÓN 10. Industria de la alimentación.

o DIVISIÓN 11. Fabricación de bebidas.

ACTUACIONES APOYABLES:

  • Instalación de nuevas industrias 4.0 del sector agroalimentario de transformación y/o comercialización, que, de forma sostenible, aumenten el valor añadido de los productos agrarios locales, con prioridad en las zonas rurales, que fijen la población y, en general, que mejoren el rendimiento global de las explotaciones agrarias y el tejido productivo rural regional.
  • Mejorar el rendimiento global de las empresas agroalimentarias de transformación y/o comercializaciones ya existentes, mediante alguna de las siguientes acciones:
  • Aumento de su capacidad de producción, de forma sostenible, al objeto de utilizar adecuadamente las economías de escala y tener acceso a mercados de mayor dimensión.
  • Reducción de los costes de producción y mejora de la eficiencia energética, para aumentar la competitividad.
  • Aplicación de nuevas tecnologías en la digitalización de las operaciones básicas de los procesos de transformación, manipulación, envasado y presentación de los productos.
  • Elaboración de nuevos productos agroalimentarios de alto valor añadido acordes con las necesidades del consumidor.
  • Mejora de la calidad y seguridad alimentaria de los productos agrarios frescos y transformados al objeto de incrementar su valor añadido y adaptarse a las necesidades del mercado.
  • Nuevas tecnologías en el tratamiento de residuos y de las aguas residuales para mejorar la calidad de los vertidos y disminuir, en general, la cantidad de agentes contaminantes, y mejorar la calidad del aire.
  • Mejorar el ahorro de energía, de agua, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles.
  • Valorizar de los subproductos procedentes de la propia empresa agroalimentaria.

COSTES FINANCIABLES:

a) Construcción y adquisición (incluido el arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles.

b) Compra o arrendamiento con opción a compra de maquinaria y equipos nuevos, hasta el valor de mercado del producto.

c) Costes generales de los dos puntos anteriores, tales como: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, los relativos al asesoramiento de la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.

d) Adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor, marcas registradas y software.

*La suma de los gastos contemplados en las letras c y d, tendrán el límite del 10% de la inversión subvencionable total.

PRESUPUESTO:

La dotación presupuestaria es de 19 MM€, repartidos en las siguientes anualidades:

2021: 4 MM€.

2022: 10 MM€.

2023: 5 MM€.

TIPO Y CARACTERÍSTICA DE LA AYUDA:

  • Subvención.
  • Con carácter general, la intensidad de la ayuda alcanzará el 25% de la inversión subvencionable.
  • En el caso de inversión destinada a transformación de productos agrícolas en productos no incluidos en el Anexo I del Tratado, será del 20% de la inversión subvencionable.
  • En el caso de inversión a ubicar en municipio clasificado como zona de montaña alcanzará el 30% del importe de la inversión subvencionable, con independencia que la inversión corresponda a los epígrafes a) o b) anteriores.
  • El importe máximo de ayuda por beneficiario no superará el 1.000.000€. En cuanto al montante de ayuda percibida por la totalidad de las empresas vinculadas no superará los 2.000.000€.

OTROS DATOS DE INTERÉS:

  • Concurrencia competitiva.
  • Efecto incentivador.
  • Incompatibles con ayudas cofinanciadas con fondos UE, pero compatibles con ayudas de fondos estatales, incluidos préstamos ICO.

PLAZO DE EJECUCIÓN:

Plazo de dos años como máximo para ejecutar el proyecto.

PLAZO SOLICITUD:

Hasta el 12 de noviembre de 2021.

¿Quieres conocer más detalles de esta esperada ayuda? ✉️ info@innovalis.es

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